Zona para empresas
Prácticas FUE-UJI
A través del Programa de Prácticas la empresa se acerca a la Universidad contribuyendo de forma directa a la formación práctica de estos profesionales del futuro y obteniendo la actualización de metodologías y procedimientos a través del propio estudiantado.
Para que una empresa pueda formar parte del Programa de Prácticas y ofertar una práctica, en primer lugar, debe suscribir un Convenio de Cooperación Educativa (Convenio de Prácticas) con la Universitat Jaume I y con la FUE-UJI, o bien ya haberlo establecido con anterioridad.
Una vez rellenada la solicitud, el personal técnico de la FUE-UJI realizará una preselección de las candidaturas que mejor se adecuen al perfil solicitado, enviando esta información telemáticamente.
La empresa financiará el coste de la práctica y se encargará de realizar el pago de la ayuda al estudio directamente al estudiante, aplicando los impuestos que corresponden según la legislación vigente (IRPF, Seguridad Social).
Los estudiantes que estén realizando prácticas libres formativas remuneradas, se incluirán en el sistema de Seguridad Social (R.D. 1493/2011); todos los movimientos al respecto (altas, bajas, partes médicos, etc.) los realizará la EMPRESA.
Una vez elegido al candidato o candidata, se firmará un anexo al convenio que recogerá toda la información necesaria sobre la estancia en prácticas: datos de la empresa, del alumnado, duración, inicio y fin de la estancia, funciones a desempeñar, bolsa de ayuda ofrecida, competencias y objetivos a alcanzar...
La empresa nombrará un tutor o tutora que establecerá el programa de prácticas de común acuerdo con el tutor o tutora académico, acogerá al estudiantado y organizará la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el programa de prácticas, y supervisará sus actividades, orientará y controlará el desarrollo de la práctica, con una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
La FUE-UJI enviará un informe final de valoración al tutor o tutora de la empresa, que deberá rellenar y remitir a la FUE-UJI. Por otra parte, al terminar la práctica, la empresa expedirá un certificado al estudiantado con mención expresa de la especialidad a la que ha estado orientada su formación, su duración y, en su caso, rendimiento.
El REGLAMENT DE PRÀCTIQUES ACADÈMIQUES EXTERNES (PAE) DE L’ESTUDIANTAT DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobado en la sesión núm. 7/2024 del Consell de Govern, de 17 de juliol de 2024) regula en el art 4d las Prácticas Académicas externas Remuneradas.
En el artículo 2.i del procedimiento de las PAE Extracurricular (Anexo II) se indica expresamente que ha de constar la cuantía de la bolsa o ayuda al estudio en el convenio de cooperación educativa, y ésta ha de ser determinada por la Universitat Jaume I.
Además, en el artículo 10.2 del Anexo II (Procedimiento PAE Extracurricular) se regula que el cumplimiento de las obligaciones a la SS de PAE Extracurricular remuneradas corresponde a la entidad cooperadora, y este punto ha de constar en el convenio de cooperación educativa.
En el art 5.3 de dicho Anexo se establece además que, con carácter general, las PAE Extracurriculares serán entre 15 y 35 h/semanales.
El importe mínimo establecido por la Universidad para los cursos 24/25 y 25/26 es de 4,6 €/hora, revisándose cada 2 años al finalizar el período indicado.
Puede ofrecer una Práctica Externa Extracurricular desde aquí.
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