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Curso Superior en Mediación Concursal

Cursos de Formación FUE-UJI
 
 

Modalidad
Semi-presencial

Del 31/01/2014
al 21/03/2014

0 horas

Información
de Matrícula

1500€

FECHAS: El curso queda atrasado a falta de cofirmar fechas (disculpen las molestias)
DURACIÓN
: 100 horas
HORARIO: viernes todo el día y sábado mañana.
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Fundación Universitat Jaume I-Empresa. Campus de Riu Sec- Universitat Jaume I - 12071 - Castellón.
IMPORTE: 1.200 euros (10% de descuento a los abogados colegiados en Castellón)

El porqué de este curso

El 28 de septiembre de 2013, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. La nueva ley supone una reforma, en la Ley concursal, introduciendo en el procedimiento la figura del “mediador concursal”.

Se fundamenta la reforma, en la grave y larga crisis económica que viene atravesando España, y se presenta al “acuerdo extrajudicial de pagos” como un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios, ya sean personas físicas o jurídicas, con el objeto de garantizar que el fracaso no cause un empobrecimiento y una frustración que inhiban al empresario de comenzar un nuevo proyecto.

Así se regula la introducción de un nuevo Título, el X, en la Ley concursal (art. 231 a 242), creándose un procedimiento, “el acuerdo extrajudicial de pagos”, flexible que dirige un “mediador concursal”, al que el preámbulo llama “negociador”, que tiene la responsabilidad de impulsar los trámites del procedimiento, así como de, ante el fracaso del procedimiento, instar la declaración de concurso.  

Además, el 13 de diciembre de 2013 se aprobó, por el Consejo de Ministros, el Real Decreto que desarrolla la Ley 5/2012 de Mediación de asuntos civiles y mercantiles, fijando una formación para el mediador de 100 horas, de las cuales un 35% deben de consistir en prácticas. Esta formación debe proporcionar los conocimientos y habilidades suficientes para el ejercicio profesional y abarcando la especialización en la que el mediador preste sus servicios, así como técnicas de comunicación, negociación y resolución de conflictos. 

En el Curso, que es totalmente presencial, el alumnado tendrá  la oportunidad de realizar prácticas simuladas en el aula, lo que supone una carga docente práctica superior al 40% debido a la propia metodología del caso empleada en las sesiones y que consiste en que los docentes, ayudan a los alumnos a desarrollar dichas capacidades tratando conflictos empresariales reales en clase y enseñándoles a pensar y decidir como mediadores concursales.

 En dicho Real decreto se establece la obligatoriedad del mediador concursal de estar inscrito en el oportuno Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia, para que así se pueda facilitar a los Notarios y Registradores Mercantiles el nombramiento de mediadores concursales. La fecha de apertura para la realización de solicitudes de inscripción por parte de los mediadores, los mediadores concursales y las instituciones de mediación será el día 1 de abril de 2014 (Disposición Final 3ª) y la fecha de inicio de publicidad del Registro será el día 1 de junio de 2014.


I. Bloque de técnicas mediadoras (40 horas)

1. Estructura y análisis de las fases de aplicación del PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN en el ámbito concursal: administración de las microtécnicas mediadoras
2. Inmersión práctica en la Escuela de negociación (una de las tres escuelas claves de la mediación):
     El diseño y planificación de la negociación: 
          Trabajo con los 7 elementos
          El lenguaje y las acciones del mediador en la negociación
          Variables clave a tener en cuenta
          Administrar el poder  
          Mecanismos de acción: entre el caos y la rigidez
          Elementos y estrategias del procedimiento de negociación: la estrategia de penetración. 
     La ejecución de la negociación: 
          Manejar las diferencias
          La utilidad del reencuadre en las negociaciones
          Sostenibilidad de los acuerdos
3. Los procesos de facilitación multipartes en la mediación concursal: Lograr el consenso.

II. Bloque jurídico-concursal (40 horas)

1. ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS (AEP)
     El acuerdo extrajudicial de pagos (AEP): 
          Naturaleza y efectos 
          Sujetos que pueden iniciar el procedimiento
          Condiciones necesarias para poder acogerse al procedimiento
          Requisitos formales de la solicitud de AEP
     Estatuto del mediador concursal: 
          Condiciones de acceso y forma de designación
          Obligaciones del mediador concursal
          Remuneración
     Tipología de créditos susceptibles de incluirse en un AEP
     Garantías de los créditos
     Especialidades de los créditos públicos en el AEP 
     Desarrollo del procedimiento 
     Efectos del inicio del expediente sobre el deudor
     Elaboración del Plan de pagos y plan de viabilidad
     Reunión de los acreedores
     Efectos sobre los acreedores y el deudor
     Condiciones para la aceptación del AEP
     Mayorías
     Consecuencias de la aprobación del AEP
     Impugnación del AEP
2. CONCURSO CONSECUTIVO
     Definición: ¿qué se entiende por concurso consecutivo y cómo se accede a él?
     Solicitud de concurso consecutivo
     Designación del administrador concursal
     Desarrollo del procedimiento: 
          Reconocimiento y clasificación de créditos
          Liquidación como solución ordinaria
          Elaboración del plan de liquidación
     Calificación del concurso

III. Bloque prácticas (20 horas): Se trabajará un caso práctico de principio a fin en el aula. Los alumnos deberán resolver tanto de forma práctica como defender teóricamente el caso.

Directores
Gemma Pons
Nela Paches
Fernando Martinez Sanz

Profesores
El resto del claustro de profesores está formado por profesionales de la mediación, jueces, catedráticos... todos de reputado prestigio y contrastada competencia en la materia que imparten.

Patronos
empresas y entidades