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Jornada sobre la Competencia Desleal
 

Jornada FUE-UJI
 
 

JUSTIFICACIÓN

La Ley 29/2009, de 30 de diciembre, ha supuesto una modificación de gran calado en el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores y usuarios, y en la Directiva 2006/114/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa.
La nueva LCD tiene por finalidad que la legislación protectora de los consumidores se integre de manera coherente dentro de la regulación del mercado, como forma de asegurar que su tutela sea a más efectiva, pues las normas que imponen la protección de la libre competencia o prohíben la competencia desleal protegen a los consumidores de la misma manera que protegen el funcionamiento del mercado y los intereses de los operadores económicos que actúan en el mismo. Es por ello que esta Ley articula la protección de los consumidores teniendo en cuenta las exigencias del propio mercado y los legítimos intereses de los operadores económicos que actúan en el mismo.
Por ello, entre otros aspectos, se modifica la cláusula general, se introduce el concepto de consumidor medio acuñado por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, aunque también se protege a aquellos grupos de consumidores más vulnerables, se establece un régimen jurídico unitario sobre la deslealtad de los actos de engaño y agresivos, siendo exigible igual nivel de corrección con independencia de que sus destinatarios sean consumidores o empresarios, se modifica la Ley General de Publicidad, se introducen actos de competencia desleal que, aun afectando también a los competidores, se considera que sólo son susceptibles de perjudicar a sus destinatarios cuando estos son consumidores y usuarios (omisiones engañosas y prácticas desleales per se), se regulan los códigos de conducta o se modifican las normas de carácter procesal.

Organización: Fundación Universitat Jaume I-Empresa

Lugar de celebración: Sala de Patronato. FUE-UJI (Castellón)

Fecha: 12 de abril de 2011

PROGRAMA

16.30 Ponencia: “Actos desleales contra los consumidores”. 
Fernando Presencia Crespo (Magistrado Juez de lo Mercantil. Juzgado de lo mercantil nº 2 Valencia).

17.15 Ponencia: “Actos desleales contra los competidores”. 
Fernando Martínez Sanz (Catedrático de Derecho mercantil. UJI)

18.00 Ponencia: “Infracción contractual y deslealtad”. 
Mª Victoria Petit Lavall (Catedrática de Derecho mercantil. UJI)

18.45 Mesa redonda. Las novedades de la LCD y su aplicación práctica
Modera: Carlos Domínguez Domínguez (Presidente de la Audiencia Provincial de Castellón)
Intervienen:
Fernando Martínez Sanz (Catedrático de Derecho mercantil. UJI)
Carlos Núñez López (Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón)
Mª Victoria Petit Lavall (Catedrática de Derecho mercantil. UJI)
Fernando Presencia Crespo (Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 2 Valencia)




Matrícula gratuita - COMPLETO

Plazas limitadas
por estricto orden de inscripción.

 

Lugar de celebración: Sala de Patronato. FUE-UJI (Castellón)

Fecha: 12 de abril de 2011

Hora inicio: 16:30

Matrícula gratuita - COMPLETO

Plazas limitadas por estricto orden de inscripción.


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Blanca Vicente

Teléfono: 964 38 72 53
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